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La respuesta a la pregunta si un trabajador puede trabajar al mismo tiempo para varios empresarios, es sí. Los trabajadores pueden desempeñar trabajos para dos o más empresarios (pluriempleo) al mismo tiempo, opción más que posible y en algunos sectores frecuente, como los trabajadores que tienen varios trabajos a jornada parcial, o un trabajo entre semana y otro los fines de semana.
Sin embargo, en estos casos es importante tener en cuenta que el derecho al trabajo queda limitado para el trabajador, quien no podrá estar pluriempleado cuando se estime que hay competencia desleal o cuando se haya pactado expresamente la plena dedicación, debiendo compensar económicamente al trabajador por este hecho, acuerdo que se le denomina pacto de plena dedicación.
En cualquier caso, el trabajador podrá rescindir el acuerdo de plena dedicación y recuperar su libertad -con pérdida de la compensación económica que venía percibiendo por esta limitación- siempre y cuando lo preavise con 30 días de antelación y se comunique al empleador por escrito.
Hemos hecho referencia a las limitaciones que existen para el trabajador a la hora de trabajar para dos o más empresarios a la vez, sin embargo, en ocasiones existe la limitación del trabajo inclusive cuando se finaliza una de las relaciones laborales, acuerdo que se le llama pacto de no competencia post-contractual. Este pacto consiste en que el trabajador queda limitado para trabajar en empresas del mismo sector durante un periodo de tiempo una vez finalizada la relación laboral; una opción legal y posible que se contempla en nuestro ordenamiento, sin embargo, para su plena validez se deben cumplir una serie de prescripciones:
1- La duración de la limitación no puede exceder de 2 años para técnicos y 6 meses para el resto de los trabajadores.
2- El empresario para poder limitar al trabajador debe tener un interés industrial y/o comercial (demostrable).
3- El empresario debe satisfacer al trabajador una compensación económica adecuada.
Como vemos es posible limitar la posibilidad de trabajo en otras empresas a los trabajadores, pero siempre que se cumpla con las prescripciones establecidas en la legislación.