Cuando se extingue la relación laboral de forma no voluntaria por el trabajador nos preguntamos cuáles son los requisitos y el plazo para pedir la prestación por desempleo, que vienen recogidos en el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS)
Para percibir la prestación por desempleo (contributiva) es necesario cumplir una serie de requisitos y solicitarlo en plazo:
• Estar afiliado a la Seguridad Social, en situación de alta o situaciones asimiladas al alta
• Tener un mínimo de cotización de 360 días en los 6 años anteriores a perder el empleo. En algunos supuestos en casos de suspensión del contrato o reducido la jornada ordinaria de trabajo.
• Encontrarse en situación legal de desempleo, debemos recordar que si el trabajador abandona voluntariamente el trabajo no está en situación legal de desempleo.
• Acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo
• Estar inscrito como demandante de empleo en el servicio público competente, requisito que debe cumplirse durante todo el tiempo que se perciba la prestación por desempleo.
• No estar en edad de percibir la prestación por jubilación.
Una vez cumplidos todos estos requisitos tenemos que tener en cuenta otro dato importante, como es el Plazo para solicitar la prestación. El Plazo es de 15 días a partir de que se produzca la situación legal de desempleo. Es decir, si te despiden el 1 de abril de 2019 tienes 15 días para solicitarlo. Si pasado este tiempo no lo has solicitado, se tramitará y tendrás derecho a la prestación por desempleo, pero desde el día que se realiza la solicitud, perdiendo los días que transcurrieron desde la situación real de desempleo hasta la efectiva solicitud.