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Incapacidad laboral

By 17 julio, 2019 No Comments

 

La situación de incapacidad temporal, llamada comúnmente como “estar de baja”, es aquella situación en la que debido a una enfermedad común o profesional y/o a un accidente -sea o no de trabajo- el trabajador está impedido para el trabajo mientras recibe asistencia sanitaria de la Seguridad Social.
¿Cuánto tiempo se puede prolongar la situación de incapacidad temporal?
La duración máxima es de 365 días. En el caso de que, cumplidos los 365 días, se pueda presumir que si continúa en esta situación podrá obtener el alta médica por curación, se podrá prorrogar + 180 días.
¿Qué requisitos debo cumplir para percibir la prestación por incapacidad temporal?
En caso de enfermedad común, haber cotizado en los últimos 5 años, 180 días. En caso de accidente -sea de trabajo o no-, y de enfermedad profesional, no se exige periodo de cotización.
¿Desde qué momento tengo derecho a percibir la prestación por incapacidad temporal?
En caso de enfermedad común o de accidente no laboral, se abonará a partir del 4 día de baja en el trabajo.
En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, se abonará desde el día siguiente al de la baja en el trabajo.
¿Cuándo se extingue el derecho a la prestación?
Se extingue por transcurso del plazo máximo de 545 días (365+180).
Hay que señalar que es posible perder la prestación económica antes de que transcurra el plazo máximo, estos son los casos en los que exista fraude del beneficiario para percibirla o cuando el beneficiario continúe trabajando por cuenta propia o por cuenta ajena.

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